Ley 15756

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Publicada D.O. 17 jul/986 - Nº 21979 Ley Nº 15.756 REFORMA REGISTRAL SE PRORROGA LA FECHA DE ENTRADA EN VIGENCIA DEL DECRETO-LEY 15.514 El Senado y la Cámara de Representantes de la República Oriental del Uruguay, reunidos en Asamblea General, DECRETAN: Artículo 1º.- Prorrógase la fecha de entrada en vigencia del Decreto-Ley 15.514, de 29 de diciembre de 1983, la que regirá desde el día 1º de enero de 1987. Artículo 2º.- Comuníquese, etc.     Sala de Sesiones de la Cámara de Representantes, en Montevideo, a 9 de julio de 1985. ANTONIO MARCHESANO, Presidente. Héctor S Clavijo, Secretario. MINISTERIO DE EDUCACION Y CULTURA Montevideo, 12 de julio de 1985. Cúmplase, acúsese recibo, comuníquese, publíquese e insértese en el Registro Nacional de Leyes y Decretos. SANGUINETTI. ADELA RETA. Montevideo, Uruguay. Poder Legislativo.