Ley 15766

Descarga el documento

Publicada D.O. 2 oct/985 - Nº 22032 Ley Nº 15.766 SE APRUEBA LA ADHESION DE LA REPUBLICA AL CENTRO REGIONAL PARA FOMENTO DEL LIBRO EN AMERICA LATINA Y EL CARIBE El Senado y la Cámara de Representantes de la República Oriental del Uruguay, reunidos en Asamblea General, DECRETAN: Artículo 1º.- Apruébase la adhesión de la República al Centro Regional para el Fomento del Libro en América Latina y el Caribe (CERLALC), con sede en la ciudad de Bogotá, Colombia, creado por el Acuerdo de Cooperación Internacional entre el Gobierno de Colombia y la Organización de las Naciones Unidas para la Educación, la Ciencia y la Cultura (UNESCO), suscrito el 23 de abril de 1971 y revisado el 10 de febrero de 1977. Artículo 2º.- Comuníquese, etc.     Sala de Sesiones de la Cámara de Representantes, en Montevideo, a 4 de setiembre de 1985. ANTONIO MARCHESANO, Presidente. Horacio D. Catalurda, Secretario. MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES  MINISTERIO DE EDUCACION Y CULTURA Montevideo, 13 de setiembre de 1985. Cúmplase, acúsese recibo, comuníquese, publíquese e insértese en el Registro Nacional de Leyes y Decretos. SANGUINETTI. MARIO C. FERNANDEZ. ADELA RETA. Montevideo, Uruguay. Poder Legislativo.