Ley 15797

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Publicada D.O. 19 mar/986 - Nº 22123 Ley Nº 15.797 EMILIO CARLOS TACCONI CONCEDEN UNA PENSION GRACIABLE El Senado y la Cámara de Representantes de la República Oriental del Uruguay, reunidos en Asamblea General, DECRETAN: Artículo 1º.- Concédese una pensión graciable de N$ 20.000.00 (veinte mil nuevos pesos) mensuales al señor Emilio Carlos Tacconi. Artículo 2º.- La erogación resultante será atendida con cargo a Rentas Generales. Artículo 3º.- Comuníquese, etc.     Sala de Sesiones de la Cámara de Representantes, en Montevideo, a 17 de diciembre de 1985. ANTONIO MARCHESANO, Presidente. Héctor S. Clavijo, Secretario. MINISTERIO DE EDUCACION Y CULTURA  MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS Montevideo, 27 de diciembre de 1985. Cúmplase, acúsese recibo, comuníquese, publíquese e insértese en el Registro Nacional de Leyes y Decretos. SANGUINETTI. ADELA RETA. RICARDO ZERBINO CAVAJANI. Montevideo, Uruguay. Poder Legislativo.