Ley 15842

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Publicada D.O. 29 ene/987 - Nº 22314 Ley Nº 15.842 DESTRUCTORES R.O.U. "URUGUAY Y R.O.U. "ARTIGAS" SE AUTORIZA LA SALIDA DEL PAIS El Senado y la Cámara de Representantes de la República Oriental del Uruguay, reunidos en Asamblea General, DECRETAN: Artículo 1º.- Autorízase la salida del país de los destructores R.O.U. "Uruguay" y R.O.U. "Artigas" con sus respectivos tripulaciones (Personal Superior y Subalterno) así como de los instructores y alumnos aspirantes de la Escuela Naval que realizarán la instrucción anual de fin de cursos, entre el 1º y el 16 de diciembre de 1986, visitando los puertos de Belgrano, República Argentina, entre el 7 y el 9 de diciembre y el de Río Grande, República Federativa del Brasil, entre el 12 y el 14 de diciembre. Artículo 2º.- Comuníquese, etc.     Sala de Sesiones de la Cámara de Representantes, en Montevideo, a 18 de noviembre de 1986. LUIS ITUÑO, Presidente. Héctor S. Clavijo, Secretario. MINISTERIO DE DEFENSA NACIONAL  MINISTERIO DEL INTERIOR   MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES Montevideo, 1º de diciembre de 1986. Cúmplase, acúsese recibo, comuníquese, publíquese e insértese en el Registro Nacional de Leyes y Decretos. SANGUINETTI. JUAN VICENTE CHIARINO. ANTONIO MARCHESANO. ENRIQUE V. IGLESIAS. Montevideo, Uruguay. Poder Legislativo.