Ley 15901

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Publicada D.O. 10 nov/987 - Nº 22501 Ley Nº 15.901 FERIADO SE DECLARA PARA CONCHILLAS, DEPARTAMENTO DE COLONIA El Senado y la Cámara de Representantes de la República Oriental del Uruguay, reunidos en Asamblea General, DECRETAN: Artículo 1º.- Declárase feriado para Conchillas, Séptima Sección Judicial del departamento de Colonia, el 24 de octubre de 1987, día del Centenario de la fundación de dicho pueblo. Artículo 2º.- Autorízase a los funcionarios públicos nacidos en la Séptima Sección Judicial del departamento de Colonia, que deseen trasladarse a los actos conmemorativos a celebrarse en la fecha indicada, una licencia de dos días. Artículo 3º.- Comuníquese, etc.     Sala de Sesiones de la Cámara de Senadores, en Montevideo, a 20 de octubre de 1987. ENRIQUE E. TARIGO, Presidente. Mario Farachio, Secretario. MINISTERIO DEL INTERIOR  MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES   MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS    MINISTERIO DE DEFENSA NACIONAL     MINISTERIO DE EDUCACION Y CULTURA      MINISTERIO DE TRANSPORTE Y OBRAS PUBLICAS       MINISTERIO DE INDUSTRIA Y ENERGIA        MINISTERIO DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL         MINISTERIO DE SALUD PUBLICA          MINISTERIO DE GANADERIA, AGRICULTURA Y PESCA           MINISTERIO DE TURISMO Montevideo, 22 de octubre de 1987. Cúmplase, acúsese recibo, comuníquese, publíquese e insértese en el Registro Nacional de Leyes y Decretos. SANGUINETTI. ANTONIO MARCHESANO. ENRIQUE V. IGLESIAS. RICARDO ZERBINO CAVAJANI. JUAN VICENTE CHIARINO. ADELA RETA. JORGE SANGUINETTI. JORGE PRESNO HARAN. HUGO FERNANDEZ FAINGOLD. SAMUEL VILLALBA. PEDRO BONINO GARMENDIA. JOSE VILLAR GOMEZ. Montevideo, Uruguay. Poder Legislativo.