Ley 15925

Descarga el documento

Publicada D.O. 13 ene/988 - Nº 22543 Ley Nº 15.925 ADMINISTRACION NACIONAL DE EDUCACION PUBLICA SE MODIFICAN DISPOSICIONES DE LA LEY 15.739 El Senado y la Cámara de Representantes de la República Oriental del Uruguay, reunidos en Asamblea General, DECRETAN: Artículo 1º.- Modifícase el artículo 19 de la ley 15.739 de 28 de marzo de 1985, intercalándose entre los numerales 4º y 5º, el siguiente numeral: "5º) Proveer mediante concurso de méritos y oposición los cargos de profesor adscripto y ayudante preparador. El mismo dará derecho a la efectividad. Por vía de excepción, se establece por una única vez a partir de la promulgación de esta ley, la regularización de los actuales profesores adscriptos y ayudantes preparadores, mediante el siguiente procedimiento: a) Concurso de méritos entre quienes tengan no menos de quince años de antigüedad en el cargo b) Concurso de méritos y oposición para quienes tengan menos de quince años de antigüedad en el cargo.   El Consejo Directivo Central de la Administración Nacional de Educación Pública reglamentará las condiciones que deberán satisfacer los concursantes para clasificarse". Artículo 2º.- Los actuales numerales 5º, 6º, 7º, 8º, 9º y 10 del artículo 19 de la ley 15.739, de 28 de marzo de 1985, pasarán a ser respectivamente 6º, 7º, 8º, 9º, 10 y 11. Artículo 3º.- Comuníquese, etc.     Sala de Sesiones de la Cámara de Representantes, en Montevideo, a 8 de diciembre de 1987. VICTOR CORTAZZO, Presidente. Héctor S. Clavijo, Secretario. MINISTERIO DE EDUCACION Y CULTURA  MINISTERIO DEL INTERIOR   MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES    MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS     MINISTERIO DE DEFENSA NACIONAL      MINISTERIO DE TRANSPORTE Y OBRAS PUBLICAS       MINISTERIO DE INDUSTRIA Y ENERGIA        MINISTERIO DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL         MINISTERIO DE SALUD PUBLICA          MINISTERIO DE GANADERIA, AGRICULTURA Y PESCA           MINISTERIO DE TURISMO Montevideo, 18 de diciembre de 1987. Cúmplase, acúsese recibo, comuníquese, publíquese e insértese en el Registro Nacional de Leyes y Decretos. SANGUINETTI. ADELA RETA. ANTONIO MARCHESANO. ENRIQUE V. IGLESIAS. LUIS MOSCA. Tte. Gral. HUGO M. MEDINA. ALEJANDRO ATCHUGARRY. JORGE PRESNO HARAN. HUGO FERNANDEZ FAINGOLD. RAUL UGARTE ARTOLA. PEDRO BONINO GARMENDIA. JOSE VILLAR GOMEZ. Montevideo, Uruguay. Poder Legislativo.