Ley 15935

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Publicada D.O. 11 feb/988 - Nº 22564 Ley Nº 15.935 HOSPITAL ZOILO CHELLE SE AUTORIZA AL PODER EJECUTIVO A VENDER LOS BIENES DE UNA RIFA PARA SU REMODELACION El Senado y la Cámara de Representantes de la República Oriental del Uruguay, reunidos en Asamblea General, DECRETAN: Artículo 1º.- Autorízase al Poder Ejecutivo a vender los bienes provenientes de la rifa organizada por la "Asociación Pro Obras de Remodelación del Hospital Zoilo Chelle" y que integran su patrimonio por aplicación de lo dispuesto por el inciso segundo del artículo 10 del decreto-ley 14.841, de 22 noviembre de 1978, y a destinar su producido a las obras de remodelación del Hospital Regional Sur "Zoilo A. Chelle" del departamento de Soriano, dependiente del Ministerio de Salud Pública. Artículo 2º.- Comuníquese, etc.     Sala de Sesiones de la Cámara de Representantes, en Montevideo, a 15 de diciembre de 1987. VICTOR CORTAZZO, Presidente. Héctor S. Clavijo, Secretario. MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS Montevideo, 23 de diciembre de 1987. Cúmplase, acúsese recibo, comuníquese, publíquese e insértese en el Registro Nacional de Leyes y Decretos. SANGUINETTI. RICARDO ZERBINO CAVAJANI. Montevideo, Uruguay. Poder Legislativo.