Ley 15968

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Publicada D.O. 2 ago/988 - Nº 22673 Ley Nº 15.968 CENTRO INTERNACIONAL DE REGISTRO DE LAS PUBLICACIONES SERIADAS SE APRUEBA LA ADHESION DE LA REPUBLICA A LOS ESTATUTOS DEL MISMO El Senado y la Cámara de Representantes de la República Oriental del Uruguay, reunidos en Asamblea General, DECRETAN: Artículo 1º.- Apruébase la adhesión de la República a los Estatutos del Centro Internacional de Registro de las Publicaciones Seriadas, con sede en París. Artículo 2º.- Comuníquese, etc.     Sala de Sesiones de la Cámara de Representantes, en Montevideo, a 6 de julio de 1988. ERNESTO AMORIN LARRAÑAGA, Presidente. Héctor S. Clavijo, Secretario. MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES  MINISTERIO DE EDUCACION Y CULTURA Montevideo, 14 de julio de 1988. Cúmplase, acúsese recibo, comuníquese, publíquese e insértese en el Registro Nacional de Leyes y Decretos. SANGUINETTI. LUIS BARRIOS TASSANO. ADELA RETA. Montevideo, Uruguay. Poder Legislativo.