Ley 15979

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Publicada D.O. 26 set/988 - Nº 22711 Ley Nº 15.979 GOBIERNO DEPARTAMENTAL DE RIO NEGRO SE AUTORIZA AL PODER EJECUTIVO A EFECTUAR UNA PERMUTA DE INMUEBLE El Senado y la Cámara de Representantes de la República Oriental del Uruguay, reunidos en Asamblea General, DECRETAN: Artículo 1º.- Autorízase al Poder Ejecutivo a otorgar con el Gobierno Departamental de Río Negro, la siguiente permuta: a) El Estado enajenará el siguiente bien: inmueble empadronado con el Nº 5312, sito en la 2da. Sección Judicial del departamento de Montevideo, señalado con la letra "B" en el plano del agrimensor Daniel V. Reinante de fecha 29 de junio de 1925, inscripto en la Dirección de Topografía del Ministerio de Obras Públicas el 6 de julio de 1925 y con una superficie de ciento dieciséis metros cuadrados cincuenta centímetros cuadrados, con frente a la calle Río Branco b) Simultáneamente, el Estado adquirirá parte del inmueble empadronado con el Nº 454, sito en la ciudad de Fray Bentos, 1ra. Sección Judicial del departamento de Río Negro, señalado con el Nº 1 en el plano agrimensor Luis Aldecosea Vago, inscripto en la Dirección Departamental de Catastro de Río Negro con el Nº 2922, el 17 de noviembre de 1986 y con una superficie de trescientos setenta y ocho metros cuadrados diecisiete decímetros cuadrados, con frente a la avenida Rincón. Artículo 2º.- El Estado abonará al Gobierno Departamental de Río Negro en el Ejercicio fiscal 1988, la suma de UR 4.989.61 (cuatro mil novecientos ochenta y nueve unidades reajustables con 61/100) por concepto de diferencia de valores, según tasaciones efectuadas por la Dirección General del Catastro Nacional. Artículo 3º.- Comuníquese, etc.     Sala de Sesiones de la Cámara de Representantes, en Montevideo, a 7 de setiembre de 1988. ERNESTO AMORIN LARRAÑAGA, Presidente. Héctor S. Clavijo, Secretario. MINISTERIO DE DEFENSA NACIONAL Montevideo 19 de setiembre de 1988. Cúmplase, acúsese recibo, comuníquese, publíquese e insértese en el Registro Nacional de Leyes y Decretos. SANGUINETTI. Tte. Gral. HUGO M. MEDINA. Montevideo, Uruguay. Poder Legislativo.