Ley 16067

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Publicada D.O. 23 oct/989 - Nº 22971 Ley Nº 16.067 QUIMICO FARMACEUTICO FEDERICO DIAZ DESIGNASE CON SU NOMBRE A LA ESCUELA Nº 101, CENTRO EXPERIMENTAL DE LECTURA Y ESCRITURA DEL DEPARTAMENTO DE RIVERA El Senado y la Cámara de Representantes de la República Oriental del Uruguay, reunidos en Asamblea General, DECRETAN: Artículo 1º.- Desígnase con el nombre "Químico Farmacéutico Federico Díaz" a la Escuela Nº 101, Centro Experimental de Lectura y Escritura del departamento de Rivera, dependiente de la Administración Nacional de Educación Pública (Consejo de Educación Primaria).     Sala de Sesiones de la Cámara de Senadores, en Montevideo, a 4 de octubre de 1989 ENRIQUE TARIGO, Presidente. Mario Farachio, Secretario. MINISTERIO DE EDUCACION Y CULTURA Montevideo, 9 de octubre de 1989. Cúmplase, acúsese recibo, comuníquese, publíquese e insértese en el Registro Nacional de Leyes y Decretos. SANGUINETTI. ADELA RETA. Montevideo, Uruguay. Poder Legislativo.