Ley 16117

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Publicada D.O. 21 oct /990 - Nº 23150 Ley Nº 16.117 ESCUELA MILITAR AUTORÍZASE LA SALIDA DEL PAÍS, EN UNA DELEGACIÓN, PARA PARTICIPAR EN LA CELEBRACIÓN DEL 174º ANIVERSARIO DE LA DECLARACIÓN DE LA INDEPENDENCIA DE LA REPÚBLICA ARGENTINA El Senado y la Cámara de Representantes de la República Oriental del Uruguay, reunidos en Asamblea General, DECRETAN: Artículo Único.- Autorízase la salida del país de una delegación de la Escuela Militar, integrada por un señor Oficial, veintiocho Cadetes y dos Personal Subalterno, incluyendo Banderas, Escoltas y una Sección de desfile, quienes visitarán la República Argentina en el período comprendido entre el 7 y el 10 de julio, inclusive, a efectos de participar en los actos de celebración del 174º aniversario de la Declaración de la Independencia del vecino país a llevarse a cabo el 9 de julio del corriente año.     Sala de Sesiones de la Cámara de Representantes, en Montevideo, a 4 de julio de 1990. HECTOR MARTIN STURLA, Presidente. Horacio D. Catalurda, Secretario. MINISTERIO DE DEFENSA NACIONAL Montevideo, 6 de julio de 1990. Cúmplase, acúsese recibo, comuníquese, publíquese e insértese en el Registro Nacional de Leyes y Decretos. LACALLE HERRERA. MARIANO R. BRITO. Montevideo, Uruguay. Poder Legislativo.