Ley 16147

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Publicada D.O. 2 ene/991 - Nº 23259 Ley Nº 16.147 CUERPO DE INFANTERÍA DE MARINA DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA AUTORÍZASE A SUS INTEGRANTES A INGRESAR AL TERRITORIO NACIONAL El Senado y la Cámara de Representantes de la República Oriental del Uruguay, reunidos en Asamblea General, DECRETAN: Artículo 1º.- Autorízase a integrantes del Cuerpo de Infantería de Marina de los Estados Unidos de América embarcados en el USS "HARLAN COUNTY" a ingresar al territorio nacional, a fin de realizar ejercicios de tiro conjuntamente con personal del Cuerpo de Fusileros Navales de la Armada Nacional, el día 11 de octubre del corriente año, desde las 08.00 a las 16.00 horas y trasladarse al Polígono de la Prefectura Nacional Naval ubicado en Punta Tigre, en vehículos del Cuerpo de Fusileros Navales. Artículo 2º.- Esta ley entrará en vigencia a partir de su promulgación por el Poder Ejecutivo.     Sala de Sesiones de la Cámara de Representantes, en Montevideo, a 3 de octubre de 1990. HECTOR MARTÍN STURLA, Presidente. Horacio D. Catalurda, Secretario. MINISTERIO DE DEFENSA NACIONAL  MINISTERIO DEL INTERIOR   MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES Montevideo, 10 de octubre 1990. Cúmplase, acúsese recibo, comuníquese, publíquese e insértese en el Registro Nacional de Leyes y Decretos. LACALLE HERRERA. MARIANO R. BRITO. JUAN ANDRÉS RAMÍREZ. HÉCTOR GROS ESPIELL. Montevideo, Uruguay. Poder Legislativo.