Ley 16188

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Publicada D.O. 24 jul/991 - Nº 23384 Ley Nº 16.188 ESCRIBANO DARDO ORTIZ DESÍGNASE CON SU NOMBRE A LA ESCUELA DE PRÁCTICA DE PRIMER GRADO Nº 273, DE LA CIUDAD DE MONTEVIDEO El Senado y la Cámara de Representantes de la República Oriental del Uruguay, reunidos en Asamblea General, DECRETAN: Artículo Único.- Desígnase "Escribano Dardo Ortíz" la Escuela de Práctica de Primer Grado Nº 273, sita en la calle Ellauri Nº 603 de la ciudad de Montevideo, dependiente de la Administración Nacional de Educación Pública.     Sala de Sesiones de la Cámara de Representantes, en Montevideo, a 5 de junio de 1991. CARLOS M. GARAT, Primer Vicepresidente. Horacio D. Catalurda, Secretario. MINISTERIO DE EDUCACIÓN Y CULTURA Montevideo, 20 de junio de 1991. Cúmplase, acúsese recibo, comuníquese, publíquese e insértese en el Registro Nacional de Leyes y Decretos. LACALLE HERRERA. GUILLERMO GARCÍA COSTA. Montevideo, Uruguay. Poder Legislativo.