Ley 16257

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Publicada D.O. 26 may/992 - Nº 23586 Ley Nº 16.257 DÍA DEL TRABAJADOR BANCARIO DECLÁRASE ASÍ, EL DÍA 5 DE MAYO DE CADA AÑO El Senado y la Cámara de Representantes de la República Oriental del Uruguay, reunidos en Asamblea General, DECRETAN: Artículo Único.- Declárase el día 5 de mayo de cada año como "Día del Trabajador Bancario".     Sala de Sesiones de la Cámara de Representantes, en Montevideo, a 5 de mayo de 1992. ALEM GARCÍA, Presidente. Horacio D. Catalurda, Secretario. MINISTERIO DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL  MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS Montevideo, 12 de mayo de 1992. Cúmplase, acúsese recibo, comuníquese, publíquese e insértese en el Registro Nacional de Leyes y Decretos. LACALLE HERRERA. ENRIQUE ÁLVARO CARBONE IGNACIO de POSADAS MONTERO. Montevideo, Uruguay. Poder Legislativo.