Ley 16263

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Publicada D.O. 15 jul/992 - Nº 23621 Ley Nº 16.263 SANIDAD ANIMAL APRUÉBASE CONVENIO ENTRE LOS GOBIERNOS DE URUGUAY Y BRASIL El Senado y la Cámara de Representantes de la República Oriental del Uruguay, reunidos en Asamblea General, DECRETAN: Artículo Único.- Apruébase el Convenio de Sanidad Animal entre el gobierno de la República Oriental del Uruguay y el gobierno de la República Federativa del Brasil para el Intercambio de Animales y de Productos de Origen Animal, suscrito el día 14 de agosto de 1985.     Sala de Sesiones de la Cámara de Representantes, en Montevideo, a 3 de junio de 1992. ALEM GARCÍA, Presidente. Horacio D. Catalurda, Secretario. MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES  MINISTERIO DE GANADERÍA, AGRICULTURA Y PESCA Montevideo, 12 de junio de 1992. Cúmplase, acúsese recibo, comuníquese, publíquese e insértese en el Registro Nacional de Leyes y Decretos. LACALLE HERRERA. HÉCTOR GROS ESPIEL. ÁLVARO RAMOS. Montevideo, Uruguay. Poder Legislativo.