Ley 16293

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Publicada D.O. 14 set/992 - Nº 23639 Ley Nº 16.293 BRASIL - URUGUAY APRUÉBASE EL ACUERDO PARA EL APROVECHAMIENTO DE LOS RECURSOS NATURALES Y DESARROLLO DE LA CUENCA DEL RÍO CUAREIM El Senado y la Cámara de Representantes de la República Oriental del Uruguay, reunidos en Asamblea General, DECRETAN: Artículo Único.- Apruébase el Acuerdo entre el Gobierno de la República Oriental del Uruguay y el Gobierno de la República Federativa del Brasil para el aprovechamiento de los recursos naturales y el desarrollo de la cuenca del río Cuareim, suscrito en la ciudad de Artigas, República Oriental del Uruguay, el 11 de marzo de 1991.     Sala de Sesiones de la Cámara de Senadores, en Montevideo, a 5 de agosto de 1992. GONZALO AGUIRRE RAMÍREZ, Presidente. Juan Harán Urioste, Secretario. MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES  MINISTERIO DE DEFENSA NACIONAL   MINISTERIO DE TRANSPORTE Y OBRAS PÚBLICAS    MINISTERIO DE INDUSTRIA, ENERGÍA Y MINERÍA     MINISTERIO DE VIVIENDA, ORDENAMIENTO TERRITORIAL Y MEDIO AMBIENTE Montevideo, 11 de agosto de 1992. Cúmplase, acúsese recibo, comuníquese, publíquese e insértese en el Registro Nacional de Leyes y Decretos. LACALLE HERRERA. HÉCTOR GROS ESPIELL. MARIANO R. BRITO. WILSON ELSO GOÑI. EDUARDO ACHE. JOSÉ MARÍA MIERES MURO Montevideo, Uruguay. Poder Legislativo.