Ley 16337

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Publicada D.O. 28 dci/992 - Nº 23710 Ley Nº 16.337 BANCO DE PREVISIÓN SOCIAL DÉJASE SIN EFECTO DE LA OBLIGACIÓN DE JUSTIFICAR LAS CAUSALES A PERSONAS QUE NO EMITIERON EL VOTO, EN LAS ELECCIONES PARA ELEGIR REPRESENTANTES DE LOS AFILIADOS PASIVOS EN EL DIRECTORIO El Senado y la Cámara de Representantes de la República Oriental del Uruguay, reunidos en Asamblea General, DECRETAN: Artículo 1º.- Exímese, por razones de equidad, a las personas que no emitieron su voto en las elecciones realizadas el 6 de setiembre próximo pasado a los efectos de elegir al representante de los afiliados pasivos en el Directorio del Banco de Previsión Social, de la obligación de justificar las causales de su no comparecencia o de abonar toda sanción pecuniaria. Artículo 2º.- Las dependencias del Banco de Previsión Social abonarán sus haberes a los afiliados pasivos al mismo sin necesidad de presentar constancia alguna de justificación de la no emisión de voto en las elecciones antes aludidas y sin necesidad del comprobante de multa expedido por las Oficinas Electorales.     Sala de Sesiones de la Cámara de Senadores, en Montevideo, a 1° de diciembre de 1992. GONZALO AGUIRRE RAMÍREZ, Presidente. Juan Harán Urioste, Secretario. MINISTERIO DEL INTERIOR  MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES   MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS    MINISTERIO DE DEFENSA NACIONAL     MINISTERIO DE EDUCACIÓN Y CULTURA      MINISTERIO DE TRANSPORTE Y OBRAS PÚBLICAS       MINISTERIO DE INDUSTRIA, ENERGÍA Y MINERÍA        MINISTERIO DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL         MINISTERIO DE SALUD PÚBLICA          MINISTERIO DE GANADERÍA, AGRICULTURA Y PESCA           MINISTERIO DE TURISMO            MINISTERIO DE VIVIENDA, ORDENAMIENTO TERRITORIAL Y MEDIO AMBIENTE Montevideo, 13 de diciembre de 1992. Habiendo expirado el plazo previsto en el artículo 144, de la Constitución de la República, acúsese recibo, comuníquese, publíquese e insértese en el Registro Nacional de Leyes y Decretos. LACALLE HERRERA. JUAN ANDRÉS RAMÍREZ. HÉCTOR GROS ESPIELL. MARIANO R. BRITO. IGNACIO de POSADAS MONTERO. ANTÓNIO MERCADER. WILSON ELSO GOÑI. EDUARDO ACHE. ENRIQUE ÁLVARO CARBONE. GUILLERMO GARCÍA COSTA. ÁLVARO RAMOS. JOSÉ VILLAR GÓMEZ. JOSÉ MARIA MIERES MURO. Montevideo, Uruguay. Poder Legislativo.