Ley 16338

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Publicada D.O. 4 ene/993 - Nº 23714 Ley Nº 16.338 ADMINISTRACIÓN DE LAS OBRAS SANITARIAS DEL ESTADO (O.S.E.) TRANSFIÉRESE DE DIRECCIÓN NACIONAL DE ADUANAS A SU DOMINIO, IMUEBLE PADRÓN 114, UBICADO EN LA 3ª SECCIÓN JUDICIAL DEL DEPARTAMENTO DE CERRO LARGO El Senado y la Cámara de Representantes de la República Oriental del Uruguay, reunidos en Asamblea General, DECRETAN: Artículo 1º.- Transfiérese, a título gratuito del dominio del Estado (Dirección Nacional de Aduanas), programa 007 del lnciso 05 "Ministerio de Economía y Finanzas", al de la Administración de las Obras Sanitarias del Estado, el inmueble ubicado en la 3ª Sección Judicial del departamento de Cerro Largo, padrón 114 y señalado en el plano de expropiación inscripto con el N° 1538 en la Dirección General del Catastro Nacional el 28 de noviembre de 1985, realizado por el agrimensor Julio C. Ceschi en base al antecedente del plano del agrimensor José Basilio López del 12 de enero de 1938 e inscripto en la Oficina Técnico Departamental con el N° 12, el 14 de los mismos mes y año, con una superficie de una hectárea, tres mil cuatrocientos sesenta y un metros cuadrados. La presente ley operará como título y modo de dicha traslación de dominio, bastando para su inscripción en el respectivo Registro de Traslaciones de Dominio un testimonio de la presente disposición.     Sala de Sesiones de la Cámara de Representantes, en Montevideo, a 2 de diciembre de 1992. ALEM GARCÍA, Presidente. Horacio D. Catalurda, Secretario. MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS  MINISTERIO DE VIVIENDA, ORDENAMIENTO TERRITORIAL Y MEDIO AMBIENTE Montevideo, 17 de diciembre de 1992. Cúmplase, acúsese recibo, comuníquese, publíquese e insértese en el Registro Nacional de Leyes y Decretos. LACALLE HERRERA. IGNACIO de POSADAS MONTERO. JOSÉ MARIA MIERES MURO. Montevideo, Uruguay. Poder Legislativo.