Ley 16356

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Publicada D.O. 27 abr/993 - Nº 23786 Ley Nº 16.356 COMISIÓN COMUNIDADES EUROPEAS - URUGUAY ACUERDO RELATIVO AL ESTABLECIMIENTO DE UNA OFICINA, ASÍ COMO A PRIVILEGIOS EN INMUNIDADES El Senado y la Cámara de Representantes de la República Oriental del Uruguay, reunidos en Asamblea General, DECRETAN: Artículo Único.- Apruébase el Acuerdo entre el Gobierno de la República Oriental del Uruguay y la Comisión de las Comunidades Europeas relativo al establecimiento de la Oficina de la Comisión en la República Oriental del Uruguay así como a los privilegios e inmunidades de la Oficina de la Comisión de las Comunidades Europeas en la República Oriental del Uruguay, suscrito en la ciudad de Bruselas el día 18 de mayo de 1989, y las Notas Reversales de Fechas 1° y 25 de junio de 1990 por las que se sustituye en el texto del Acuerdo la denominación de "Oficina de la Comisión" por la de "Delegación de la Comisión".     Sala de Sesiones de la Cámara de Senadores, en Montevideo, a 13 de abril de 1993. GONZALO AGUIRRE RAMÍREZ, Presidente. Dardo Ortiz Alonso, Prosecretario. MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES  MINISTERIO DEL INTERIOR   MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS Montevideo, 20 de abril de 1993. Cúmplase, acúsese recibo, comuníquese, publíquese e insértese en el Registro Nacional de Leyes y Decretos. LACALLE HERRERA. SERGIO ABREU. JUAN ANDRÉS RAMÍREZ. Montevideo, Uruguay. Poder Legislativo.