Ley 16378

Descarga el documento

Publicada D.O. 15 jun/993 - Nº 23820 Ley Nº 16.378 DÍA DEL TRABAJADOR JUDICIAL DECLÁRASE ASÍ EL DÍA 5 DE JULIO DE CADA AÑO El Senado y la Cámara de Representantes de la República Oriental del Uruguay, reunidos en Asamblea General, DECRETAN: Artículo Único.- Declárase el día 5 de julio de cada año como "Día del Trabajador Judicial".     Sala de Sesiones de la Cámara de Senadores, en Montevideo, a 1° de junio de 1993. GONZALO AGUIRRE RAMÍREZ, Presidente. Juan Harán Urioste, Secretario. MINISTERIO DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL Montevideo, 3 de junio de 1993. Cúmplase, acúsese recibo, comuníquese, publíquese e insértese en el Registro Nacional de Leyes y Decretos. LACALLE HERRERA. ÁLVARO CARBONE. Montevideo, Uruguay. Poder Legislativo.