Ley 16544

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Publicada D.O. 26 ago/994 - Nº 24118 Ley Nº 16.544 DOMINGO PICCARDO DESIGNASE CON SU NOMBRE A LA ESCUELA Nº 14 DE PUNTAS DE CANELON CHICO, DEPARTAMENTO DE CANELONES El Senado y la Cámara de Representantes de la República Oriental del Uruguay, reunidos en Asamblea General, DECRETAN: Artículo Unico.- Desígnase con el nombre "Domingo Piccardo" a la Escuela Rural Nº 14 de Puntas de Canelón Chico, 4ta. Sección del departamento de Canelones, dependiente del Consejo de Educación Primaria (Administración Nacional de Educación Pública).     Sala de Sesiones de la Cámara de Senadores, en Montevideo, a 3 de agosto de 1994. GONZALO AGUIRRE RAMIREZ, Presidente. Juan Harán Urioste, Secretario. MINISTERIO DE EDUCACION Y CULTURA Montevideo, 16 de agosto de 1994. Cúmplase, acúsese recibo, comuníquese, publíquese e insértese en el Registro Nacional de Leyes y Decretos. LACALLE HERRERA. ANTONIO MERCADER. Montevideo, Uruguay. Poder Legislativo.