Ley 16556

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Publicada D.O. 30 ago/994 - Nº 24120 Ley Nº 16.556 FERNANDO OTORGUES DESIGNASE CON SU NOMBRE A LA ESCUELA RURAL Nº 89, DEL PARAJE PABLO PAEZ, DEPARTAMENTO DE CERRO LARGO El Senado y la Cámara de Representantes de la República Oriental del Uruguay, reunidos en Asamblea General, DECRETAN: Artículo Unico.- Desígnase con el nombre "Fernando Otorgués" a la Escuela Rural Nº 89 del paraje Pablo Páez, departamento de Cerro Largo, dependiente del Consejo de Educación Primaria (Administración Nacional de Educación Pública).     Sala de Sesiones de la Cámara de Senadores, en Montevideo, a 3 de agosto de 1994. GONZALO AGUIRRE RAMIREZ, Presidente. Juan Harán Urioste, Secretario. MINISTERIO DE EDUCACION Y CULTURA Montevideo, 16 de agosto de 1994. Cúmplase, acúsese recibo, comuníquese, publíquese e insértese en el Registro Nacional de Leyes y Decretos. LACALLE HERRERA. ANTONIO MERCADER. Montevideo, Uruguay. Poder Legislativo.