Ley 16597

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Publicada D.O. 26 oct/994 - Nº 24160 Ley Nº 16.597 ARMAS NUCLEARES APRUEBANSE  ENMIENDAS  AL  TRATADO  PARA  LA   PROSCRIPCION DE LAS ARMAS NUCLEARES EN LA AMERICA LATINA (TLATELOLCO) El Senado y la Cámara de Representantes de la República Oriental del Uruguay, reunidos en Asamblea General, DECRETAN: Artículo Unico.- Apruébanse las enmiendas al Tratado para la Proscripción de las Armas Nucleares en la América Latina (Tratado de Tlatelolco), adoptadas por la Conferencia General del Organismo para la Proscripción de las Armas Nucleares en la América Latina y el Caribe en su Séptimo Período Extraordinario de Sesiones, en México D. F., el 26 de agosto de 1992, mediante la Resolución 290 (VII).     Sala de Sesiones de la Cámara de Senadores, en Montevideo, a 5 de octubre de 1994. GONZALO AGUIRRE RAMIREZ, Presidente. Juan Harán Urioste, Secretario. MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES  MINISTERIO DE DEFENSA NACIONAL Montevideo, 14 de octubre de 1994. Cúmplase, acúsese recibo, comuníquese, publíquese e insértese en el Registro Nacional de Leyes y Decretos. LACALLE HERRERA. SERGIO ABREU. DANIEL HUGO MARTINS. Montevideo, Uruguay. Poder Legislativo.