Ley 16606

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Publicada D.O. 27 oct/994 - Nº 24161 Ley Nº 16.606 BICENTENARIO DESIGNASE ASI, A LA ESCUELA Nº 144 DEL BARRIO CIRILO OLIVERA DE LA CIUDAD DE RIO BRANCO, DEPARTAMENTO DE CERRO LARGO El Senado y la Cámara de Representantes de la República Oriental del Uruguay, reunidos en Asamblea General, DECRETAN: Artículo Unico.- Desígnase con el nombre "Bicentenario" a la Escuela Nº 144 del barrio Cirilo Olivera de la ciudad de Río Branco, departamento de Cerro largo, dependiente del Consejo de Educación Primaria (Administración Nacional de Educación Pública).     Sala de Sesiones de la Cámara de Senadores, en Montevideo, a 11 de octubre de 1994. GONZALO AGUIRRE RAMIREZ, Presidente. Juan Harán Urioste, Secretario. MINISTERIO DE EDUCACION Y CULTURA Montevideo, 19 de octubre de 1994. Cúmplase, acúsese recibo, comuníquese, publíquese e insértese en el Registro Nacional de Leyes y Decretos. LACALLE HERRERA. ANTONIO MERCADER. Montevideo, Uruguay. Poder Legislativo.