Ley 16651

Descarga el documento

Publicada D.O. 19 dic/994 - Nº 24197 Ley Nº 16.651 DINAMARCA DESIGNASE ASI A LA ESCUELA Nº 171 DE 1er. GRADO URBANA DE COLONIA NICOLICH, DEPARTAMENTO DE CANELONES El Senado y la Cámara de Representantes de la República Oriental del Uruguay, reunidos en Asamblea General, DECRETAN: Artículo Unico.- Desígnase con el nombre "Dinamarca" a la Escuela Nº 171, de 1er. Grado, Urbana, de Colonia Nicolich, departamento de Canelones, dependiente del Consejo de Educación Primaria (Administración Nacional de Educación Pública).     Sala de Sesiones de la Cámara de Senadores, en Montevideo, al 1º de diciembre de 1994.. GONZALO AGUIRRE RAMIREZ, Presidente. Juan Harán Urioste, Secretario. MINISTERIO DE EDUCACION Y CULTURA Montevideo, 9 de diciembre de 1994. Cúmplase, acúsese recibo, comuníquese, publíquese e insértese en el Registro Nacional de Leyes y Decretos. AGUIRRE RAMIREZ. PABLO LANDONI. Montevideo, Uruguay. Poder Legislativo.