Ley 16754

Descarga el documento

Publicada D.O. 27 jun/996 - Nº 24565 Ley Nº 16.754 DOCTOR WALTER HUGO REILLY DESIGNASE CON SU NOMBRE A LA POLICLINICA DEL PUEBLO PIRARAJA, 9ª SECCION JUDICIAL Y POLICIAL DEL DEPARTAMENTO DE LAVALLEJA El Senado y la Cámara de Representantes de la República Oriental del Uruguay, reunidos en Asamblea General, DECRETAN: Artículo Unico.- Desígnase con el nombre "Doctor Walter Hugo Reilly" a la policlínica del pueblo Pirarajá, 9ª Sección Judicial y Policial del departamento de Lavalleja, dependiente del Ministerio de Salud Pública.     Sala de Sesiones de la Cámara de Senadores, en Montevideo, a 4 de junio de 1996. HUGO BATALLA, Presidente. Mario Farachio, Secretario. MINISTERIO DE SALUD PUBLICA Montevideo, 14 de junio de 1996. Cúmplase, acúsese recibo, comuníquese, publíquese e insértese en el Registro Nacional de Leyes y Decretos. SANGUINETTI. ALFREDO SOLARI. Montevideo, Uruguay. Poder Legislativo.