Ley 16786

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Publicada D.O. 1º nov/996 - Nº 24655 Ley Nº 16.786 EDGARDO UBALDO GENTA DESIGNASE CON SU NOMBRE A LA ESCUELA Nº 64 DEL DEPARTAMENTO DE TREINTA Y TRES El Senado y la Cámara de Representantes de la República Oriental del Uruguay, reunidos en Asamblea General, DECRETAN: Artículo Unico.- Desígnase con el nombre "Edgardo Ubaldo Genta" a la Escuela Nº 64, del departamento de Treinta y Tres, dependiente del Consejo de Educación Primaria (Administración Nacional de Educación Pública).     Sala de Sesiones de la Cámara de Senadores, en Montevideo, a 16 de octubre de 1996. LUIS B. POZZOLO, Primer Vicepresidente. Mario Farachio, Secretario. MINISTERIO DE EDUCACION Y CULTURA Montevideo, 28 de octubre de 1996. Cúmplase, acúsese recibo, comuníquese, publíquese e insértese en el Registro Nacional de Leyes y Decretos. SANGUINETTI. SAMUEL LICHTENSZTEJN. Montevideo, Uruguay. Poder Legislativo.