Ley 16905

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Publicada D.O. 20 ene/998 - Nº 24955 Ley Nº 16.905 LA CUMPARSITA SE DECLARA HIMNO CULTURAL Y POPULAR DE LA REPUBLICA ORIENTAL DEL URUGUAY El Senado y la Cámara de Representantes de la República Oriental del Uruguay, reunidos en Asamblea General, DECRETAN: Artículo 1°.- Declárase Himno Cultural y Popular de la República Oriental del Uruguay a "La Cumparsita", creada por el uruguayo Gerardo Hernán Matos Rodríguez y estrenada en Montevideo, el 19 de abril de 1917. Artículo 2°.- La declaración dispuesta en el artículo anterior comprende únicamente la música, no alcanzando las letras que se hubieren agregado a la referida pieza musical.     Sala de Sesiones de la Cámara de Senadores, en Montevideo, a 18 de diciembre de 1997. HUGO BATALLA, Presidente. Mario Farachio, Secretario. MINISTERIO DE EDUCACION Y CULTURA Montevideo, 2 de enero de 1998. Cúmplase, acúsese recibo, comuníquese, publíquese e insértese en el Registro Nacional de Leyes y Decretos. SANGUINETTI. SAMUEL LICHTENSZTEJN. Montevideo, Uruguay. Poder Legislativo.