Ley 16971

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Publicada D.O. 2 jul/998 - Nº 25061 Ley Nº 16.971 MERCOSUR PROTOCOLO DE COOPERACION Y ASISTENCIA JURISDICCIONAL EN MATERIA CIVIL, COMERCIAL, LABORAL Y ADMINISTRATIVA El Senado y la Cámara de Representantes de la República Oriental del Uruguay, reunidos en Asamblea General, DECRETAN: Artículo 1º.- Apruébase el Protocolo de Cooperación y Asistencia Jurisdiccional en Materia Civil, Comercial, Laboral y Administrativa, aprobado en el Valle de Las Leñas, provincia de Mendoza, República Argentina, el 27 de junio de 1992, por los cuatro Estados Parte del Tratado de Asunción.     Sala de Sesiones de la Cámara de Senadores, en Montevideo, a 9 de junio de 1998. HUGO FERNANDEZ FAINGOLD, Presidente. Jorge Moreira Parsons, Secretario. MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES  MINISTERIO DE EDUCACION Y CULTURA Montevideo, 15 de junio de 1998. Cúmplase, acúsese recibo, comuníquese, publíquese e insértese en el Registro Nacional de Leyes y Decretos. SANGUINETTI. DIDIER OPERTTI. SAMUEL LICHTENSZTEJN. Montevideo, Uruguay. Poder Legislativo.