Ley 16998

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Publicada D.O. 22 set/998 - Nº 25117 Ley Nº 16.998 CAJA DE JUBILACIONES BANCARIAS SUSTITUYESEN NORMAS RELACIONADAS AL CONSEJO DIRECTIVO El Senado y la Cámara de Representantes de la República Oriental del Uruguay, reunidos en Asamblea General, DECRETAN: Artículo Unico.- Sustitúyese el artículo  6º del Decreto-Ley 10.331, de 29 de enero de 1943, por el siguiente: "Artículo 6º.- Los miembros del Consejo permanecerán tres años en su cargo. Los que representen a las instituciones adscritas o a los afiliados se renovarán por terceras partes, cesando en cada año un Consejero por cada representación. Tanto éstos, como el representante del Poder Ejecutivo, podrán ser reelegidos.   Los miembros electos no podrán ingresar al Consejo estando éste integrado con un representante de las instituciones o del personal del mismo Banco a que aquéllos pertenezcan. Esta incompatibilidad comprende también al representante del Poder Ejecutivo.   No obstante la prohibición a que refiere el inciso anterior, podrán formar parte del Consejo Honorario, simultáneamente, hasta dos funcionarios o empleados de una misma institución afiliada, siempre y cuando uno de ellos represente a las instituciones adscritas y el otro al personal.   Los Consejeros continuarán en el ejercicio de sus funciones hasta tanto se hayan incorporado los que deben reemplazarlos".     Sala de Sesiones de la Cámara de Senadores, en Montevideo, a 2 de setiembre de 1998. AMERICO RICALDONI, Presidente. Quena Carámbula, Secretario. MINISTERIO DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL  MINISTERIO DEL INTERIOR   MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES    MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS     MINISTERIO DE DEFENSA NACIONAL      MINISTERIO DE EDUCACION Y CULTURA       MINISTERIO DE TRANSPORTE Y OBRAS PUBLICAS        MINISTERIO DE INDUSTRIA, ENERGIA Y MINERIA         MINISTERIO DE SALUD PUBLICA          MINISTERIO DE GANADERIA, AGRICULTURA Y PESCA           MINISTERIO DE TURISMO            MINISTERIO DE VIVIENDA, ORDENAMIENTO TERRITORIAL Y MEDIO AMBIENTE Montevideo, 9 de setiembre de 1998. Cúmplase, acúsese recibo, comuníquese, publíquese e insértese en el Registro Nacional de Leyes y Decretos. SANGUINETTI. ANA LIA PIÑEYRUA. LUIS HIERRO LOPEZ. ROBERTO RODRIGUEZ PIOLI. LUIS MOSCA. JUAN LUIS STORACE. YAMANDU FAU. PRIMAVERA GARBARINO. RAUL BUSTOS. SERGIO CHIESA. BENITO STERN. JUAN CHIRUCHI. Montevideo, Uruguay. Poder Legislativo.