Ley 17001

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Publicada D.O. 22 set/998 - Nº 25117 Ley Nº 17.001 INMUEBLE PADRON 87295, DEL DEPARTAMENTO DE MONTEVIDEO SE AUTORIZA AL MINISTERIO DE DEFENSA NACIONAL A ENAJENARLO El Senado y la Cámara de Representantes de la República Oriental del Uruguay, reunidos en Asamblea General, DECRETAN: Artículo 1º.- Autorízase al Estado, Ministerio de Defensa Nacional - Dirección General de Información de Defensa - a enajenar el inmueble de su propiedad padrón 87295, sito en el departamento de Montevideo. Artículo 2º.- El producido del mismo se destinará a la construcción de obras, ampliación y reciclaje de la estructura edilicia de la Dirección General de Información de Defensa.     Sala de Sesiones de la Cámara de Senadores, en Montevideo, a 2 de setiembre de 1998. AMERICO RICALDONI, Presidente. Quena Carámbula, Prosecretaria. MINISTERIO DE DEFENSA NACIONAL Montevideo, 14 de setiembre de 1998. Cúmplase, acúsese recibo, comuníquese, publíquese e insértese en el Registro Nacional de Leyes y Decretos. SANGUINETTI. RAUL ITURRIA. Montevideo, Uruguay. Poder Legislativo.