Ley 17013

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Publicada D.O. 19 oct/998 - Nº 25135 Ley Nº 17.013 BOLIVIA - URUGUAY CONVENIO DE COOPERACION CULTURAL El Senado y la Cámara de Representantes de la República Oriental del Uruguay, reunidos en Asamblea General, DECRETAN: Artículo Único.- Apruébase el Convenio de Cooperación Cultural entre el Gobierno de la República Oriental del Uruguay y el Gobierno de la República de Bolivia, suscrito en la ciudad de La Paz, el 21 de diciembre de 1987.     Sala de Sesiones de la Cámara de Representantes, en Montevideo, a 16 de setiembre de 1998. JAIME MARIO TROBO, Presidente. Martín García Nin, Secretario. MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES  MINISTERIO DE EDUCACION Y CULTURA Montevideo, 7 de octubre de 1998. Cúmplase, acúsese recibo, comuníquese, publíquese e insértese en el Registro Nacional de Leyes y Decretos. SANGUINETTI. ROBERTO RODRIGUEZ PIOLI. ANTONIO GUERRA. Montevideo, Uruguay. Poder Legislativo.