Ley 17019

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Publicada D.O. 11 nov/998 - Nº 25151 Ley Nº 17.019 PUEBLOS INDIGENAS DE AMERICA LATINA Y EL CARIBE APRUEBASE EL CONVENIO CONSTITUTIVO DEL FONDO PARA EL DESARROLLO El Senado y la Cámara de Representantes de la República Oriental del Uruguay, reunidos en Asamblea General, DECRETAN: Artículo Unico.- Apruébase el Convenio Constitutivo del Fondo para el Desarrollo de los Pueblos Indígenas de América Latina y el Caribe, suscrito en la ciudad de Madrid, Reino de España, el 24 de julio de 1992.     Sala de Sesiones de la Cámara de Senadores, en Montevideo, a 13 de octubre de 1998. LUIS B. POZZOLO, Presidente. Mario Farachio, Secretario. MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES  MINISTERIO DE EDUCACION Y CULTURA Montevideo, 23 de octubre de 1998. Cúmplase, acúsese recibo, comuníquese, publíquese e insértese en el Registro Nacional de Leyes y Decretos. SANGUINETTI. ROBERTO RODRIGUEZ PIOLI. YAMANDU FAU. Montevideo, Uruguay. Poder Legislativo.