Ley 17026

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Publicada D.O. 4 dic/998 - Nº 25168 Ley Nº 17.026 O N U CONVENCION DE LAS NACIONES UNIDAS DE LUCHA CONTRA LA DESERTIFICACION EN LOS PAISES AFECTADOS POR SEQUIA GRAVE O DESERTIFICACION, EN PARTICULAR EN AFRICA El Senado y la Cámara de Representantes de la República Oriental del Uruguay, reunidos en Asamblea General, DECRETAN: Artículo Unico.- Apruébase la "Convención de Naciones Unidas de Lucha contra la Desertificación de los Países Afectados por Sequía Grave o Desertificación, en particular Africa", suscrito en la ciudad de París, República de Francia, el día diecisiete de junio de mil novecientos noventa y cuatro.     Sala de Sesiones de la Cámara de Senadores, en Montevideo, a 3 de noviembre de 1998. HUGO FERNANDEZ FAINGOLD, Presidente. Mario Farachio, Secretario. MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES  MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS   MINISTERIO DE VIVIENDA, ORDENAMIENTO TERRITORIAL Y MEDIO AMBIENTE Montevideo, 16 de noviembre de 1998. Cúmplase, acúsese recibo, comuníquese, publíquese e insértese en el Registro Nacional de Leyes y Decretos. SANGUINETTI. DIDIER OPERTTI. LUIS MOSCA. JUAN CHIRUCHI. Montevideo, Uruguay. Poder Legislativo.