Ley 17105

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Publicada D.O. 31 may/999 - Nº 25281 Ley Nº 17.105 ACUERDO APRUEBASE EL DE AMISTAD Y COOPERACION ENTRE LOS GOBIERNOS DE LA REPUBLICA ORIENTAL DEL URUGUAY Y JAMAICA, FIRMADO EN LA CIUDAD DE KINGSTON El Senado y la Cámara de Representantes de la República Oriental del Uruguay, reunidos en Asamblea General, DECRETAN: Artículo único. Apruébase el Acuerdo de Amistad y Cooperación entre los Gobiernos de la República Oriental del Uruguay y Jamaica, firmado en la ciudad de Kingston, el 28 de febrero de 1997.     Sala de Sesiones de la Cámara de Senadores, en Montevideo, a 4 de mayo de 1999. HUGO FERNANDEZ FAINGOLD, Presidente. Mario Farachio, Secretario. MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES  MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS   MINISTERIO DE EDUCACION Y CULTURA    MINISTERIO DE TURISMO Montevideo, 16 de mayo de 1999. Cúmplase, acúsese recibo, comuníquese, publíquese e insértese en el Registro Nacional de Leyes y Decretos. SANGUINETTI. ROBERTO RODRIGUEZ PIOLI. LUIS MOSCA. YAMANDU FAU. BENITO STERN. Montevideo, Uruguay. Poder Legislativo.