Ley 17222

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Publicada D.O. 13 ene/000 - Nº 25440 Ley Nº 17.222 CONCEDESE UNA PENSION GRACIABLE AL SEÑOR RUBEN ANTONIO ORRICO ORIBE El Senado y la Cámara de Representantes de la República Oriental del Uruguay, reunidos en Asamblea General, DECRETAN: Artículo 1º.- Concédese una pensión graciable al señor Ruben Antonio Orrico Oribe, equivalente a cuatro salarios mínimos nacionales. Artículo 2º.- La erogación resultante será atendida por Rentas Generales.     Sala de Sesiones de la Cámara de Representantes, en Montevideo, a 21 de diciembre de 1999. ARIEL LAUSAROT PERALTA, Presidente. Martín García Nin, Secretario. MINISTERIO DE EDUCACION Y CULTURA  MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS Montevideo, 3 de enero de 2000. Cúmplase, acúsese recibo, comuníquese, publíquese e insértese en el Registro Nacional de Leyes y Decretos. SANGUINETTI. ANTONIO GUERRA. LUIS MOSCA. Montevideo, Uruguay. Poder Legislativo.