Ley 17259

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Publicada D.O. 25 set/000 - Nº 25609 Ley Nº 17.259 ARGENTINA - URUGUAY CONVENIO DE COOPERACION CULTURAL El Senado y la Cámara de Representantes de la República Oriental del Uruguay, reunidos en Asamblea General, DECRETAN: Artículo Unico.- Apruébase el Convenio de Cooperación Cultural entre el Gobierno de la República y el Gobierno de la República Argentina, firmado en Buenos Aires, el 16 de marzo de 1998.     Sala de Sesiones de la Cámara de Representantes, en Montevideo, a 16 de agosto de 2000. WASHINGTON ABDALA, Presidente. Horacio D. Catalurda, Secretario. MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES  MINISTERIO DE EDUCACION Y CULTURA Montevideo, 19 de setiembre de 2000. Cúmplase, acúsese recibo, comuníquese, publíquese e insértese en el Registro Nacional de Leyes y Decretos. BATLLE. GUILLERMO VALLES. ANTONIO MERCADER. Montevideo, Uruguay. Poder Legislativo.