Ley 17326

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Publicada D.O. 10 may/001 - Nº 25759 Ley Nº 17.326 APRUEBASE EL ACUERDO DE COOPERACION EN EL CAMPO DEL TURISMO ENTRE EL GOBIERNO DE LA REPUBLICA ORIENTAL DEL URUGUAY Y EL GOBIERNO DEL ESTADO DE ISRAEL, SUSCRITO EN EL LUGAR Y FECHA QUE SE DETERMINAN El Senado y la Cámara de Representantes de la República Oriental del Uruguay, reunidos en Asamblea General, DECRETAN: Artículo Unico.- Apruébase el Acuerdo de Cooperación en el Campo del Turismo entre el Gobierno de la República Oriental del Uruguay y el Gobierno del Estado de Israel, suscrito en Jerusalén el 22 de noviembre de 1994.     Sala de Sesiones de la Cámara de Representantes, en Montevideo, a 18 de abril de 2001. GUSTAVO PENADES, Presidente. Horacio D. Catalurda, Secretario. MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES  MINISTERIO DEL INTERIOR   MINISTERIO DE EDUCACION Y CULTURA    MINISTERIO DE SALUD PUBLICA     MINISTERIO DE TURISMO Montevideo, 4 de mayo de 2001. Cúmplase, acúsese recibo, comuníquese, publíquese e insértese en el Registro Nacional de Leyes y Decretos. BATLLE. GUILLERMO VALLES. GUILLERMO STIRLING. ANTONIO MERCADER. HORACIO FERNANDEZ. ALFONSO VARELA. Montevideo, Uruguay. Poder Legislativo.