Ley 17329

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Publicada D.O. 16 may/001 - Nº 25763 Ley Nº 17.329 EXPLOSIVOS PLASTICOS PARA LOS FINES DE DETECCION CONVENIO SOBRE LA MARCACION DE LOS MISMOS El Senado y la Cámara de Representantes de la República Oriental del Uruguay, reunidos en Asamblea General, DECRETAN: Artículo Unico.- Apruébase el Convenio sobre la Marcación de Explosivos Plásticos para los Fines de Detección, suscrito en Montreal, el 1º de marzo de 1991.     Sala de Sesiones de la Cámara de Senadores, en Montevideo, a 2 de mayo de 2001. LUIS HIERRO LOPEZ, Presidente. Mario Farachio, Secretario. MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES  MINISTERIO DE DEFENSA NACIONAL Montevideo, 9 de mayo de 2001. Cúmplase, acúsese recibo, comuníquese, publíquese e insértese en el Registro Nacional de Leyes y Decretos. BATLLE. GUILLERMO VALLES. LUIS BREZZO. Montevideo, Uruguay. Poder Legislativo.