Ley 17346

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Publicada D.O. 11 jun/001 - Nº 25780 Ley Nº 17.346 FACULTASE AL MINISTERIO DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL A EXTENDER LA COBERTURA DEL SEGURO POR DESEMPLEO A LOS TRABAJADORES DE LA EMPRESA POLIMEROS URUGUAYOS S.A. El Senado y la Cámara de Representantes de la República Oriental del Uruguay, reunidos en Asamblea General, DECRETAN: Artículo 1º.- Facúltase al Ministerio de Trabajo y Seguridad Social a extender la cobertura del Seguro por Desempleo a los trabajadores de la empresa Polímeros Uruguayos Sociedad Anónima, afectados por la situación de la referida empresa, en los términos, plazos y condiciones que establezca la reglamentación, pudiendo dejar sin efecto los beneficios que se concedan en tanto se revierta la situación de dicha empresa. El Ministerio de Trabajo y Seguridad Social podrá ejercer esta facultad hasta un plazo máximo de doce meses. Artículo 2º.- La ampliación del plazo de la prestación de desempleo que sea otorgada en virtud de las facultades que se conceden en el artículo anterior, alcanzará a todos los trabajadores que hayan agotado el plazo máximo de cobertura (artículos 7º y 10 del Decreto-Ley Nº 15.180, de 20 de agosto de 1981), así como aquéllos que aún continúen en el goce del referido beneficio. La ampliación del plazo de la prestación comenzará a regir, a partir del mes inmediato posterior al cese respectivo del subsidio en todos los casos. Sala de Sesiones de la Cámara de Senadores, en Montevideo, a 30 de mayo de 2001. LUIS HIERRO LOPEZ, Presidente. Mario Farachio, Secretario. MINISTERIO DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL  MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS Montevideo, 6 de junio de 2001. Cúmplase, acúsese recibo, comuníquese, publíquese e insértese en el Registro Nacional de Leyes y Decretos. BATLLE. JUAN Ma. BOSCH. ALBERTO BENSION. Montevideo, Uruguay. Poder Legislativo.