Ley 17362

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Publicada D.O. 2 jul/001 - Nº 25794 Ley Nº 17.362 APRUEBASE EL ACUERDO DE COOPERACION CULTURAL ENTRE EL GOBIERNO DE LA REPUBLICA ORIENTAL DEL URUGUAY Y EL GOBIERNO DE LA REPUBLICA LIBANESA, SUSCRITO EN LA CIUDAD DE BEIRUT, EN LA FECHA QUE SE DETERMINA El Senado y la Cámara de Representantes de la República Oriental del Uruguay, reunidos en Asamblea General, DECRETAN: Artículo Unico.- Apruébase el Acuerdo de Cooperación Cultural entre el Gobierno de la República Oriental del Uruguay y el Gobierno de la República Libanesa, suscrito en la ciudad de Beirut, el 17 de diciembre de 1999.     Sala de Sesiones de la Cámara de Representantes, en Montevideo, a 13 de junio de 2001. GUSTAVO PENADES, Presidente. Horacio D. Catalurda, Secretario. MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES  MINISTERIO DE EDUCACION Y CULTURA Montevideo, 26 de junio de 2001. Cúmplase, acúsese recibo, comuníquese, publíquese e insértese en el Registro Nacional de Leyes y Decretos. BATLLE. DIDIER OPERTTI. ANTONIO MERCADER. Montevideo, Uruguay. Poder Legislativo.