Ley 17529

Descarga el documento

Publicada D.O. 16 ago/002 - Nº 26072 Ley Nº 17.529 ACUERDO CON LA CORPORACIÓN ANDINA DE FOMENTO PARA EL DESARROLLO DE ACTIVIDADES EN LA REPÚBLICA ORIENTAL DEL URUGUAY El Senado y la Cámara de Representantes de la República Oriental del Uruguay, reunidos en Asamblea General, DECRETAN: Artículo Único.- Apruébase el Acuerdo entre la República Oriental del Uruguay y la Corporación Andina de Fomento (CAF), suscrito en Montevideo, el 14 de setiembre de 2001 para que ésta pueda desarrollar sus actividades en la República mediante la instalación de una Oficina de Representación o el nombramiento de un agente, un gerente o un representante.     Sala de Sesiones de la Cámara de Representantes, en Montevideo, a 30 de julio de 2002. GUILLERMO ÁLVAREZ, Presidente. Horacio D. Catalurda, Secretario. MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES  MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS Montevideo, 9 de agosto de 2002. Cúmplase, acúsese recibo, comuníquese, publíquese e insértese en el Registro Nacional de Leyes y Decretos. BATLLE. GUILLERMO VALLES. ALEJANDRO ATCHUGARRY. Montevideo, Uruguay. Poder Legislativo.