Ley 17544

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Publicada D.O. 27 ago/002 - Nº 26079 Ley Nº 17.544 FERIADO PARA LA CIUDAD DE ARTIGAS Se declara el 12 de setiembre de 2002, con motivo de conmemorarse el 150º aniversario de su fundación El Senado y la Cámara de Representantes de la República Oriental del Uruguay, reunidos en Asamblea General, DECRETAN: Artículo 1º.- Declárase feriado para la ciudad de Artigas, 1a. Sección Judicial del departamento de Artigas, el día 12 de setiembre de 2002, con motivo de conmemorarse el 150º aniversario de su fundación. Artículo 2º.- Otórgase goce de licencia paga durante el día referido en el artículo 1º de esta ley, a los trabajadores de las actividades pública y privada nacidos o radicados en la ciudad de Artigas.     Sala de Sesiones de la Cámara de Senadores, en Montevideo, a 14 de agosto de 2002. LUIS HIERRO LÓPEZ, Presidente. Mario Farachio, Secretario. MINISTERIO DEL INTERIOR  MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES   MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS    MINISTERIO DE DEFENSA NACIONAL     MINISTERIO DE EDUCACIÓN Y CULTURA      MINISTERIO DE TRANSPORTE Y OBRAS PÚBLICAS       MINISTERIO DE INDUSTRIA, ENERGÍA Y MINERÍA        MINISTERIO DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL         MINISTERIO DE SALUD PÚBLICA          MINISTERIO DE GANADERÍA, AGRICULTURA Y PESCA           MINISTERIO DE TURISMO            MINISTERIO DE VIVIENDA, ORDENAMIENTO TERRITORIAL Y MEDIO AMBIENTE             MINISTERIO DE DEPORTE Y JUVENTUD Montevideo, 22 de agosto de 2002. Cúmplase, acúsese recibo, comuníquese, publíquese e insértese en el Registro Nacional de Leyes y Decretos. BATLLE. GUILLERMO STIRLING. DIDIER OPERTTI. ALEJANDRO ATCHUGARRY. ROBERTO YAVARONE. ANTONIO MERCADER. LUCIO CÁCERES. SERGIO ABREU. ÁLVARO ALONSO. ALFONSO VARELA. GONZALO GONZÁLEZ. JUAN BORDABERRY. CARLOS CAT. JAIME TROBO. Montevideo, Uruguay. Poder Legislativo.