Ley 17617

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Publicada D.O. 17 ene/003 - Nº 26179 Ley Nº 17.617 FUERZA AÉREA URUGUAYA SE AUTORIZA LA SALIDA DEL PAÍS DE UNA UNIDAD DE APOYO AEROMÉDICO PARA PARTICIPAR EN OPERACIONES DE MANTENIMIENTO DE PAZ DE LA ORGANIZACIÓN DE LAS NACIONES UNIDAS El Senado y la Cámara de Representantes de la República Oriental del Uruguay, reunidos en Asamblea General, DECRETAN: Artículo Único.- Autorízase la salida del país de una Unidad de Apoyo Aeromédico perteneciente a la Fuerza Aérea Uruguaya, integrada por hasta 50 (cincuenta) efectivos de Personal Superior y Subalterno y de hasta 2 (dos) helicópteros Bell-212, con sus soportes logísticos correspondientes, a efectos de participar en Operaciones de Mantenimiento de la Paz de la Organización de las Naciones Unidas, en la Misión UNMEE (Etiopía-Eritrea), a partir del 6 de enero de 2003 y por un período de hasta 1 (un) año por cada integrante, previéndose relevos totales o parciales en el lapso comprendido entre los 6 (seis) y 9 (nueve) meses.       Sala de Sesiones de la Cámara de Senadores, en Montevideo, a 30 de diciembre de 2002. LUIS HIERRO LÓPEZ, Presidente. Mario Farachio, Secretario. MINISTERIO DE DEFENSA NACIONAL  MINISTERIO DEL INTERIOR   MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES Montevideo, 10 de enero de 2003. Cúmplase, acúsese recibo, comuníquese, publíquese e insértese en el Registro Nacional de Leyes y Decretos. BATLLE. YAMANDÚ FAU. DANIEL BORRELLI. DIDIER OPERTTI. Montevideo, Uruguay. Poder Legislativo.