Ley 17627

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Publicada D.O. 4 abr/003 - Nº 26232 Ley Nº 17.627 EL SALVADOR - URUGUAY ACUERDO PARA LA PROMOCIÓN Y PROTECCIÓN RECÍPROCA DE INVERSIONES El Senado y la Cámara de Representantes de la República Oriental del Uruguay, reunidos en Asamblea General, DECRETAN: Artículo Único.- Apruébase el Acuerdo entre el Gobierno de la República Oriental del Uruguay y el Gobierno de la República de El Salvador para la Promoción y Protección Recíproca de Inversiones, suscrito en Montevideo, el 24 de agosto de 2000.     Sala de Sesiones de la Cámara de Senadores, en Montevideo, a 18 de marzo de 2003. LUIS HIERRO LÓPEZ, Presidente. Mario Farachio, Secretario. MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES  MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS Montevideo, 28 de marzo de 2003. Cúmplase, acúsese recibo, comuníquese, publíquese e insértese en el Registro Nacional de Leyes y Decretos. BATLLE. GUILLERMO VALLES. ALEJANDRO ATCHUGARRY Montevideo, Uruguay. Poder Legislativo.