Ley 17721

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Publicada D.O. 7 ene/004 - Nº 26418 Ley Nº 17.721 PROTOCOLO DE BUENOS AIRES SE APRUEBA EL DE JURISDICCIÓN INTERNACIONAL EN MATERIA CONTRACTUAL El Senado y la Cámara de Representantes de la República Oriental del Uruguay, reunidos en Asamblea General, DECRETAN: Artículo Unico.- Apruébase el Protocolo de Buenos Aires sobre Jurisdicción Internacional en Materia Contractual, aprobado en Buenos Aires, el 6 de abril de 1994.     Sala de Sesiones de la Cámara de Representantes, en Montevideo, 15 de diciembre de 2003. JORGE CHÁPPER, Presidente. Horacio D. Catalurda, Secretario. MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES  MINISTERIO DE EDUCACIÓN Y CULTURA Montevideo, 24 de diciembre de 2003. Cúmplase, acúsese recibo, comuníquese, publíquese e insértese en el Registro Nacional de Leyes y Decretos. BATLLE. DIDIER OPERTTI. LEONARDO GUZMÁN. Montevideo, Uruguay. Poder Legislativo.