Ley 17727

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Publicada D.O. 7 ene/004 - Nº 26418 Ley Nº 17.727 DÍA DE LA ANTÁRTIDA SE ESTABLECE QUE SE CELEBRARÁ EL DÍA 7 DE OCTUBRE DE CADA AÑO El Senado y la Cámara de Representantes de la República Oriental del Uruguay, reunidos en Asamblea General, DECRETAN: Artículo Único.- Sustitúyese el artículo 1º de la Ley Nº 15.918, de 10 de diciembre de 1987, el cual quedará redactado de la siguiente manera: "Artículo 1º.- Establécese el 'Día de la Antártida', que se celebrará el 7 de octubre de cada año".     Sala de Sesiones de la Cámara de Representantes, en Montevideo, a 15 de diciembre de 2003. JORGE CHÁPPER, Presidente. Horacio D. Catalurda, Secretario. MINISTERIO DE DEFENSA NACIONAL  MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES   MINISTERIO DE EDUCACIÓN Y CULTURA Montevideo, 26 de diciembre de 2003. Cúmplase, acúsese recibo, comuníquese, publíquese e insértese en el Registro Nacional de Leyes y Decretos. BATLLE YAMANDÚ FAU. GUILLERMO VALLES. LEONARDO GUZMÁN. Montevideo, Uruguay. Poder Legislativo.