Ley 17756

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Publicada D.O.30 abr/004 - Nº 26492 Ley Nº 17.756 HÉCTOR CINCUNEGUI SE LE CONCEDE UNA PENSIÓN GRACIABLE El Senado y la Cámara de Representantes de la República Oriental del Uruguay, reunidos en Asamblea General, DECRETAN: Artículo 1º.-  Concédese una pensión graciable al señor Héctor Cincunegui, equivalente a cuatro salarios mínimos nacionales. Artículo 2º.-  La erogación resultante será atendida por Rentas Generales.     Sala de Sesiones de la Cámara de Senadores, en Montevideo, a 14 de abril de 2004. LUIS HIERRO LÓPEZ, Presidente. Mario Farachio, Secretario. MINISTERIO DE EDUCACIÓN Y CULTURA  MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS Montevideo, 22 de abril de 2004. Cúmplase, acúsese recibo, comuníquese, publíquese e insértese en el Registro Nacional de Leyes y Decretos. BATLLE. LEONARDO GUZMÁN. ISAAC ALFIE. Montevideo, Uruguay. Poder Legislativo.