Ley 17760

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Publicada D.O. 19 may/004 - Nº 26504 Ley Nº 17.760 REPÚBLICA DOMINICANA - URUGUAY SE APRUEBA EL ACUERDO DE COOPERACIÓN TURÍSTICA El Senado y la Cámara de Representantes de la República Oriental del Uruguay, reunidos en Asamblea General, DECRETAN: Artículo Único.- Apruébase el Acuerdo de Cooperación Turística entre el Gobierno de la República Oriental del Uruguay y el Gobierno de la República Dominicana, suscrito en la ciudad de Montevideo, el 21 de agosto del año 2001.     Sala de Sesiones de la Cámara de Senadores, en Montevideo, a 5 de mayo de 2004. LUIS HIERRO LÓPEZ, Presidente. Mario Farachio, Secretario. MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES  MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS   MINISTERIO DE TURISMO Montevideo, 12 de mayo de 2004. Cúmplase, acúsese recibo, comuníquese, publíquese e insértese en el Registro Nacional de Leyes y Decretos. BATLLE. WILLIAM EHLERS. ISAAC ALFIE. JUAN BORDABERRY. Montevideo, Uruguay. Poder Legislativo.