Ley 17821

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Publicada D.O. 14 set/004 - Nº 26586 Ley Nº 17.821 TRATADO DE COOPERACION CON EL GOBIERNO DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS SOBRE ASISTENCIA JURIDICA MUTUA EN MATERIA PENAL El Senado y la Cámara de Representantes de la República Oriental del Uruguay, reunidos en Asamblea General, DECRETAN: Artículo Único.- Apruébase el Tratado de Cooperación entre el Gobierno de la República Oriental del Uruguay y el Gobierno de los Estados Unidos Mexicanos sobre Asistencia Jurídica Mutua en Materia Penal, suscrito en Montevideo, el 30 de junio de 1999.     Sala de Sesiones de la Cámara de Senadores, en Montevideo, a 26 de agosto de 2004. LUIS HIERRO LÓPEZ, Presidente. Mario Farachio, Secretario. MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES  MINISTERIO DEL INTERIOR   MINISTERIO DE EDUCACIÓN Y CULTURA Montevideo, 7 de setiembre de 2004. Cúmplase, acúsese recibo, comuníquese, publíquese e insértese en el Registro Nacional de Leyes y Decretos. BATLLE. DIDIER OPERTTI. DANIEL BORRELLI. LEONARDO GUZMÁN. Montevideo, Uruguay. Poder Legislativo.